¿No reportaste un cambio de dirección? DHS advierte sobre multas, cárcel y deportación

4 meses ago

Según la ley de EE. UU., todos los no ciudadanos, incluidos los titulares de la tarjeta de residencia (green card), deben reportar cualquier cambio de dirección. Si no se proporciona esta información, existen disposiciones legales que pueden resultar en multas, encarcelamiento, ambas sanciones o incluso la deportación. Aunque esta ley ha estado vigente durante mucho tiempo, en el pasado no se ha aplicado estrictamente. Sin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional de EE. UU. (DHS) ha emitido una advertencia a los no ciudadanos de que no reportar un cambio de dirección podría tener consecuencias penales.

La secretaria del DHS, Kristi Noem, anunció que el departamento hará cumplir completamente la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), que proporciona diversas herramientas para rastrear a los inmigrantes. Estas herramientas incluyen sanciones penales para quienes no notifiquen al gobierno federal sobre cambios en su dirección.

Requisitos de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA)

La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA) exige que todos los no ciudadanos en EE. UU. informen su dirección al DHS dentro de los 10 días posteriores al cambio. La Sección 265(a) de la INA establece:

“Todo extranjero que esté obligado a registrarse según este subcapítulo y que se encuentre dentro de los Estados Unidos deberá notificar por escrito al Fiscal General sobre cada cambio de dirección y la nueva dirección dentro de los diez días posteriores a dicho cambio y proporcionar con dicha notificación cualquier información adicional que el Fiscal General pueda requerir por regulación.”

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Aunque esta ley ha estado en vigor durante muchos años, históricamente el DHS ha dado baja prioridad a su aplicación, principalmente debido a la falta de recursos y personal. Como resultado, en muchas ocasiones, el DHS no ha registrado actualizaciones de dirección, incluso cuando fueron reportadas. En la práctica, el DHS se ha centrado en las direcciones vinculadas a notificaciones oficiales, como la aprobación de beneficios u otros documentos enviados a los no ciudadanos.

Cómo reportar un cambio de dirección

Según el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. (USCIS), todos los no ciudadanos deben informar un cambio de dirección dentro de los 10 días posteriores a su mudanza. Este requisito aplica a la mayoría de los extranjeros, excepto para los titulares de visas A y G y visitantes bajo el Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program).

USCIS enfatiza que actualizar la dirección con el Servicio Postal de EE. UU. (USPS) no actualiza automáticamente los registros con USCIS. Por ello, recomienda encarecidamente que los no ciudadanos usen su cuenta en línea de USCIS para actualizar su dirección tan pronto como se muden. Esto garantiza el cumplimiento de la ley y previene retrasos en el procesamiento de casos.

Las personas con casos de inmigración pendientes, aprobados o previamente presentados deben ingresar sus números de recibo al actualizar su dirección en línea para asegurarse de que todos los casos sean actualizados correctamente.

Para quienes prefieran presentar la actualización por correo, aún se puede enviar el Formulario AR-11 en papel. Sin embargo, USCIS recomienda utilizar la herramienta de autoservicio Enterprise Change of Address (E-COA) dentro de las cuentas en línea de USCIS para un procesamiento más rápido.

Si eres titular de una visa F o J, debes reportar tu nueva dirección a tu Oficial Escolar Designado (DSO), quien se encargará de notificarla en el Sistema de Información para Estudiantes y Visitantes de Intercambio (SEVIS), en lugar de actualizarla directamente con USCIS.

Consecuencias legales por no reportar un cambio de dirección

Si no reportas tu cambio de dirección, el DHS tiene la autoridad para acusarte de un delito, multarte con $200, encarcelarte por 30 días y luego deportarte. La Sección 266(b) de la INA establece:

“Cualquier extranjero o cualquier padre o tutor legal en los Estados Unidos de un extranjero que no proporcione notificación por escrito al Fiscal General, según lo requerido por la sección 265 de este título, será culpable de un delito menor y, tras su condena, será multado con una cantidad no superior a $200 o encarcelado por no más de treinta días, o ambas sanciones. Independientemente de si un extranjero es condenado y castigado según lo aquí dispuesto, cualquier extranjero que no proporcione notificación por escrito al Fiscal General, según lo requerido por la sección 265, será detenido y deportado según lo dispuesto en el capítulo 4 de este título, a menos que dicho extranjero demuestre satisfactoriamente al Fiscal General que dicha omisión fue razonablemente excusable o no fue intencional.”

Cómo actualizar tu dirección con ICE y la corte de inmigración

Para cambiar tu dirección con el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE), puedes utilizar el formulario de cambio de dirección en línea. Este sistema interactivo permite a los no ciudadanos actualizar su información de manera digital, además de las opciones existentes de hacerlo por teléfono o en persona.

Si el no ciudadano se encuentra actualmente en procesos de deportación bajo la Sección 240 de la INA, el formulario en línea proporcionará instrucciones sobre cómo actualizar también la dirección con la corte de inmigración, tal como lo exige la ley.

Esto se puede hacer utilizando el Formulario EOIR-33 del Departamento de Revisión de Casos de Inmigración (EOIR), el cual puede presentarse por correo, en persona en la corte de inmigración o en línea a través del sistema Respondent Access de EOIR.

BLUJOURNAL TEAM

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